viernes, 29 de junio de 2012

Liberaron a Romina Tejerina


“Comeniños” la marcaron en la cárcel, donde permaneció cautiva del 2002 hasta la fecha, por  apuñalar a su beba que fue producto de una violación. En aquel momento, la fiscal Liliana Fernández de Montiel, aseveró que no había pruebas para certificar que Milagros Socorro fuese hija del violador, y objetó el móvil relacionado a un trauma emocional. A los 29 años, Romina Tejerina quedó en libertad condicional tras cumplir dos tercios de su condena penal, pero sigue pagando la recriminación social y mediática.
                La vida de Romina fue anudando mandatos del orden cultural previstos para el género femenino, y de especial exaltación en sociedades cerradas del norte del país. Su padre boicoteaba las salidas nocturnas junto a sus hermanas por el riesgo de que vuelvan embarazadas, y soportar  “el qué dirán” de los vecinos.  El habitus patriarcal expresado fidedigno en los desplantes familiares, aparece como un antecedente inevitable a la hora de poner en contexto el acto desesperado  que arremetió la chica contra su propia descendencia.
                La asociación casi inmediata de la mujer callejera, pública, y sexuada con el formato de la prostituta, en oposición al modelo de mujer doméstica, buena madre, histérica, frígida, no son estereotipos obsoletos. La causa que condenó, el 10 de junio de 2005, a Romina Tejerina a 14 años de prisión, bajo la tipificación de “homicidio calificado por el vínculo”, fue un claro ejemplo de la fuerza y actualidad de estos imaginarios vertebrales “de lo social”.
                El violador de Romina, sufrió tan sólo 23 días de prisión hasta que el juicio por su delito fue sobreseído. Nunca fue hilvanado el abuso sexual con el posterior homicidio. La “psicosis aguda” como consecuencia subjetiva del acto de violación, no constituía una explicación comprobable para los magistrados, ni se tradujo en un velo de consideración para la primera víctima de la historia. Incluso, varios medios de comunicación, cubrieron el hecho privilegiando una parte del relato periodístico a las declaraciones del hombre tendientes a sumir y desdibujar la violación en  el marco de una supuesta relación sentimental trascurrida aquel año.
                Finalmente, los jueces Héctor Carillo, Antonio Llermanos, y Alfredo José Frías, atenuaron la pena de la joven norteña  teniendo en cuenta algunos aspectos genealógicos como la infancia condicionada por la violencia, tanto física como simbólica, por parte de sus progenitores, la falta de recursos económicos para solucionar la crianza de su hija, la ausencia de una figura paterna.
                Ana María Fernández, sostiene críticamente que la madre es el paradigma de la mujer.   El rol de reproductoras de la vida que fue asignado, ya sea por las ciencias médicas, las religiones, los usos y costumbres, constituye toda una definición de la identidad femenina. Infringir estatutos de verdad, conductas deseables, expectativas, significa una mayor o menor reprobación del entorno, según el nivel de cuestionamiento y ruptura.  Romina encarna, la figura de la anti-madre, por el asesinato cometido en sí mismo como por el ensañamiento en el método.  En este sentido, la libertad de Romina, reclamo inclaudicable del movimiento de mujeres desde los albores del proceso judicial, representa menos un motivo de alegría que un ejemplo  del alcance material y la vigencia del machismo recalcitrante en el seno de las formaciones sociales tradicionales. 


Actis, María Florencia 





No hay comentarios:

Publicar un comentario