jueves, 16 de agosto de 2012

Silencio institucional




*Por María Florencia Actis, Observatorio de Comunicación y Género (FPyCS)

La violencia de género es definida, de acuerdo a lo dispuesto en la ley 26.485, de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, como toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial. Es decir, la promulgación de dicho marco legal sumerge dentro de los límites de la llamada violencia de género, formas institucionales de negar o dejar pasar situaciones de violencia, que en muchos casos culminan con la muerte de la mujer.
El reciente caso trascendente en los medios, fue el de Natalia Riquelme, brutalmente golpeada por su ex pareja, delante de su hija de cinco años. La mujer había dejado sentadas diecisiete denuncias ante la Justicia y ha pedido ayuda sistemática desde hace dos años ante la Comisaría de la Mujer y el Tribunal de Familia, incluso por una situación de abuso sexual del hombre contra Milagros, la nena que tenían en común, pero ninguna de las dos entidades brindó respuestas.
En cuanto a la cobertura mediática del caso en Diario Clarín (“Filmó a ex pareja mientras la golpeaba delante de su hija”), las fuentes utilizadas para reconstruir la escena puntual de violencia fueron el contenido del video registrado por un/a allegado/a a la mujer, testimonios de la víctima referidos a una historia circular de violencia y también citas directas del personal de la Subsecretaría de Niñez, Familia y Adolescencia de Bahía Blanca, ciudad donde residía “la familia” y transcurrió el hecho noticiable. A lo largo de la nota, se enfatiza la ausencia  de actuación judicial, destacada en varias oportunidades: “Nadie la escuchó”, “El padre aún no tiene orden de detención”, “Y a la Justicia le tengo que llevar a mi hija lastimada para que le quiten las visitas al padre”.
Un día después, en los periódicos la cara de una nueva víctima, María Elizabeth Elías, quien terminó internada luego de ser golpeada y picaneada durante cuatro horas consecutivas por su ex novio. La nota de Página/12 al respecto (“Violencia de Género en su grado más perverso”) no sólo tituló haciendo alusión a la “violencia de género”, categoría  de máxima pertinencia para nuclear estos acontecimientos, sino también sistematizando de algún modo este caso en una secuencia de tantos otros que suceden cotidianamente. Incluso, se recuerda hacia el final de la nota, el caso de Bahía Blanca y el femicidio en San Juan, los tres acaecidos y resonantes en la misma semana. Sin embargo, se hace una breve insinuación en los últimos dos párrafos, a las organismos estructurales que deben, no sólo sancionar las situaciones de violencia de género y proveerse de las condiciones necesarias para atenderlas en su estado de emergencia, sino también, y fundamentalmente, prevenirlas. Para ello, se vale del testimonio de Fabia Túñez, militante de la ONG, La Casa del Encuentro.  
Dicha organización, registró sólo en el año 2011, 282 femicidios, manifestación extrema de la violencia de género, y en los medios ya son usuales las notas que describen mujeres agónicas en  salas de terapia intensiva a lo largo y ancho del país, tras sobrevivir episodios de maltrato físico o confusos “juegos con alcohol o nafta”.  Lo que es urgente resaltar dentro del relato periodístico y en la realidad empírica, es la dimensión social y cultural de la violencia de género, y por tanto la responsabilidad de las dependencias públicas. El concepto de feminicidio que introduce Rita Laura Segato (“Qué es un feminicidio. Notas para un debate emergente”) circunscribe los femicidios en su conjunto como crímenes del patriarcado, habla de “círculos concéntricos formados por una variedad de agresiones al cuerpo femenino”, complejiza la mirada normalizada de los medios de comunicación y cruza la variable socio-histórica con la que carga cada femicidio en particular. Se plantea un componente intrínseco de “lo público” en estas violencias.  Pareciera que la situación de las mujeres tiene que ser límite para que las instituciones del estado se hagan eco, asuman su incumbencia en el marco de las políticas públicas y relean la violencia machista como un asunto político.  





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